El despacho de abogados Iberlega Abogados y asesores ha estudiado y analizado, de acuerdo con la legislación aplicable, la consulta planteada por TokApp School sobre la validez legal de las comunicaciones entre los Centros Educativos y los padres de los alumnos, a través de su plataforma de comunicación.
Entre la legislación aplicable a esta consulta, cabe destacar:
Del mismo modo, existe reiterada doctrina jurisprudencial que consagra la fehaciencia de las comunicaciones que se realicen por cualquier medio, como el analizado en el presente informe, otorgándole plena validez siempre que se acredite la recepción de la comunicación realizada.
En el caso de la plataforma TokApp, se trataría de que ésta interviniera como “Tercero de Confianza”, figura regulada por el Artículo 25 de la Ley 34/2002, entre los padres y los Centros Educativos, comprometiéndose a custodiar en soporte informático las comunicaciones entre ellos durante 5 años y transmitir la misma de forma eficaz de manera que podrá comprobarse la validez de los documentos y/o comunicaciones habidas entre las partes, aplicando sus propias medidas de seguridad encaminadas a la inalterabilidad de los documentos y/o comunicaciones depositados en dicha plataforma.
Por todo lo expuesto, consideramos que los servicios prestados por TokApp son un medio legalmente reconocido, tanto por la legislación como por la jurisprudencia, siempre que exista un acuerdo entre los Centros Educativos y los padres de su respectivo alumnado, conforme al cual se consienta que dicha plataforma actúe como “Tercero de Confianza” en cuya virtud las partes se comprometen al cumplimiento de las obligaciones legalmente establecidas.
TokApp School cumple la Ley de Protección de Datos porque...
Usar TokApp School es mucho más seguro que enviar mensajes por e-mail, redes sociales o los sistemas de mensajería instantánea habituales, precisamente porque ha sido diseñado para ello.